Ley contra el Odio: la reforma quita la cárcel, pero ordena borrar en redes
Redacción GAN · Política y Democracia
CARACAS, 19 de octubre de 2026 (GAN).– La reforma de la Ley contra el Odio que discute la Asamblea Nacional elimina las penas de cárcel, pero obliga a las plataformas digitales a retirar contenidos «de manera inmediata» y sin orden judicial, y deja las sanciones en manos del Ministerio de Relaciones Interiores, Justicia y Paz, según el análisis de la ONG Espacio Público difundido el domingo 18 de octubre por eldiario.com, El Carabobeño y otros medios. La Sala Constitucional del TSJ avaló el proyecto el 15 de octubre (sentencia 1034).
El texto, que pasaría a llamarse Ley para la Convivencia Democrática, la Paz y la Tolerancia, suprime las penas de 10 a 20 años de prisión y prohíbe de forma expresa las medidas privativas de libertad. Las sustituye por multas de entre 500 y 10.000 veces el tipo de cambio oficial de la moneda de mayor valor fijado por el Banco Central de Venezuela, que pueden cambiarse por 200 a 600 horas de trabajo comunitario. Según Espacio Público, esas multas equivalen a entre algo más de dos meses y casi cuatro años de ingreso mínimo integral. Las impone por vía administrativa el ministerio que dirige a las policías.
Según el análisis, la reforma elimina la revocatoria de concesiones, el bloqueo de portales web y la prohibición de inscribir partidos. Pero los medios de radio, televisión y prensa deberán difundir hasta 30 minutos semanales de contenidos sobre «convivencia democrática», y se crea una comisión de 15 miembros. El texto excluye el periodismo y la opinión política del discurso de odio, salvo que haya «incitación directa e inequívoca» a la violencia.
Espacio Público advierte de lo que falta: la reforma no prevé el sobreseimiento de las causas abiertas, la liberación de los detenidos, la eliminación de antecedentes ni la restitución de concesiones. Además, sigue vigente el artículo 285 del Código Penal, que castiga la instigación al odio, y el artículo 26 del proyecto permite acudir también a los tribunales. No consta la fecha de la segunda discusión.
La misma ONG mantiene su monitoreo de bloqueos: al menos 40 sitios web siguen bloqueados, entre ellos medios como VPItv, La Patilla, Infobae, NTN24 y El Nacional, y plataformas financieras como AirTM y Yadio, según El Impulso. «El bloqueo a plataformas financieras limita el acceso a servicios de transferencias y pagos en dólares desde Venezuela», señala Espacio Público.
Sacar a la gente de la cárcel por un tuit es un avance. Pero si un ministerio puede multar con años de salario y ordenar borrar contenidos sin un juez, la censura solo cambia de oficina. ¿Quién defenderá al usuario cuando la orden de borrado llegue a su red social?
Fuentes: eldiario.com (18-oct-2026); El Carabobeño (18-oct-2026); AlbertoNews (18-oct-2026); El Impulso (18-oct-2026, monitoreo de bloqueos).
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